TESTIMONIO: VISTO: La falta de cobertura de Obra Social de algunos ancianos que se alojan en el Centro Geriátrico y Hogar de Día "Dr. Ernesto L. Pinto", y "Hostal de los Abuelos", establecimientos a cargo de esta Municipalidad, y CONSIDERANDO: Que se solventa, también con el aporte de ellos mismos que se les retiene de su jubilación. Que en ambos establecimientos se alojan sesenta y cinco (65) ancianos, de los cuales tienen cobertura cuarenta y siete (47), y todos por igual requieren y reciben a diario una atención integral tanto en la prestación médica y medicamentos, como alimentación, higiene, vestido y recreación. Que la Directora de los establecimientos ha solicitado becas que cubrirían gastos de funcionamiento. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 100/96 -------------------------------- ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el ------------ Convenio de Becas, con el Consejo de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se otorga al Centro Geriátrico y Hogar de Día "Dr. Ernesto L,. Pinto", una subvención mensual de Pesos Dos Mil Setecientos ($ 2.700.-), correspondiente a diez (10) becas.----------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los trece días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------